miércoles, 4 de enero de 2012

Hacia un Código Penal Integral



Hacia un Código Penal Integral

Renato Baquero Osorio









Europa formó los primeros códigos penales. Después del s. XVIII, un conjunto de nuevos procesos penalistas intentaron dar un tratamiento eficaz al delito. Los códigos de Procedimiento Penal, Código Penal y Sistema de Justicia poseían una visión desagregada y establecida en visiones separadas, descontextualizadas.
Un modelo clásico se estableció a nivel mundial, este ofrecía un conjunto de categorías, tipificaciones y tratamientos en los cuales existían varios errores y no poseían una visión integradora.
Ecuador adaptó la Corte Suprema de Justicia especializada en causas civiles y criminales en 1830. Una de las principales reformas al Código de Enjuiciamiento Criminal se estableció en 1900.
Después de este proceso, un total de cinco códigos reseñan una historia de reformas hasta la fecha. Pero, las transformaciones respondían ante intereses de la política económica, categorizaciones idealistas y realidades disociadas.
La nueva propuesta del Código Orgánico Integral Penal pretende superar los errores anteriores y se propone una nueva visión de totalidad para mejorar al Sistema de Justicia.
Esto constituye todo un reto. Si consideramos los graves errores penales a nivel internacional. Por ejemplo, en Estados Unidos se calcula que de cada diez condenados a muerte, un total de tres resultan inocentes.
En Ecuador, se realizan varios esfuerzos para plasmar una misión centrada en la seguridad ciudadana, Derechos Humanos y respeto por una Justicia especializada.
Para conocer más sobre este complejo tema, entrevistamos a dos expertos en Derecho Penal:


“Hay que esperar a que se apruebe el proyecto porque se trata de una propuesta interesante”
Dr. Alfonso Zambrano Pasquel
1) ¿Cómo aporta este nuevo proyecto de Código Orgánico Penal para reivindicar los errores tradicionales del Derecho?

El proyecto es una herramienta de trabajo, de la que no se pueden esperar milagros. Como dice mi amigo el jurista argentino Julio B.J. Mier, sin buenos operadores el mejor código del mundo está destinado al fracaso. Debe mejorarse la capacidad operativa de la policía, de los fiscales, de los jueces y de los abogados defensores y litigantes. Existe la decisión política para cambiar el modelo y se han situado importantes recursos (600 millones de dólares) para conseguir ese objetivo

2) ¿Por qué la nueva propuesta centra su eje de acción en la seguridad ciudadana?

Hay que admitir que hay una gran presión ciudadana que reclama mejorar los estándares de seguridad e incluso hay una gran presión mediática para conseguir ese objetivo. Pero se parte de la creencia equivocada de que el aumento de penas es la mejor respuesta, y esto es alimentar el populismo punitivo, entronizando un derecho penal del enemigo, mediante un aumento de penas y un recorte de los beneficios o garantías de excarcelación

3) ¿Cuáles cree que son los mayores logros de esta nueva propuesta?

Tratar de consolidar en un solo proyecto un nuevo código penal – pues tenemos uno que en la parte general o de doctrina penal tiene un desfase de más de cien años- y un nuevo código de procedimiento penal que es excesivo con una propuesta de más de cuatrocientos artículos. Se busca consolidar en un solo cuerpo legal una legislación punitiva dispersa y concentrar en un código de procedimiento, los diferentes tipos de procedimientos como los de tránsito, los de delincuencia juvenil, etc. Como señala el Prof. Eugenio Raúl Zaffaroni, hay que esperar a que se apruebe el proyecto porque se trata de una propuesta interesante, y luego habrá que apreciar su aplicación racional y efectiva


4) ¿Se puede hablar de especialización del Sistema de Justicia en este nuevo proceso?

Sí hay segmentos de justicia penal especializada como la que se refiere a tránsito y a delincuentes jóvenes, pero en el proyecto se hace referencia a la delincuencia organizada, a la trata y tráfico de personas, al tráfico de drogas en gran escala, al lavado de activos, al sicariato y a los delitos contra el patrimonio cultural, que demandan la creación de una policía especializada, y de fiscalía y judicaturas igualmente especializadas por la materia

5) ¿La legítima defensa en casos de agresión, violación y robo se han reformado?
No tengo esa percepción, pues la legítima defensa ha estado prevista tradicionalmente como una causa de justificación en casos límite como los que se señalan. Es una causa que impide el reproche de ilicitud o de antijuridicidad y que por ende impide que se pueda afirmar la existencia de un delito porque no existe conducta típica y antijurídica. Los parámetros de actual agresión ilegítima, de necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla, y de falta de provocación suficiente del que se defiende, están señaladas en el proyecto de código integral penal

6) Se han realizado varias críticas acerca de que existiría una ruptura entre Sistema de Justicia, Derecho Penal y Policía Judicial, ¿Qué opina al respecto?

Para mí no existe tal ruptura, pues de lo que se trata es de mejorar la capacidad operativa del primer filtro de selectividad del sistema penal que es la Policía Nacional y en particular de la policía de investigaciones que es la responsable del éxito o fracaso de un buen procedimiento investigativo acorde con los mejores estándares y protocolos que la criminalística moderna señala. Este es un segmento por construir y la asignación de recursos va a ser muy significativa. Por lo demás hay un sinceramiento al reconocer que la responsabilidad por la investigación recae en la policía de investigaciones, aunque bajo la dirección de la fiscalía que es la titular de la acción penal.

7) ¿Mejorar el Código Penal fortalecerá la lucha contra la delincuencia?

Cuando no se tiene un cuerpo legal moderno y que contemple las nuevas formas de la criminalidad, sin duda está faltando una buena herramienta en las estrategias que la política criminal señala. De lo que hay que estar prevenidos es que un aumento irracional de las penas no asegura el éxito en la lucha contra la criminalidad, pues el incremento de la misma obedece a razones evidentemente estructurales. En mi opinión hay que empezar por mejorar la capacidad operativa de la policía, e involucrar al colectivo ciudadano en este frente abierto que es la lucha anti delincuencial.

8) ¿Las infracciones y multas permiten mejorar la eficiencia del Aparato de Justicia?

El aparato de justicia mejora cuando mejora la capacidad de sus operadores que son los policías, los fiscales, los jueces y los defensores. El dinero que se destine a la justicia debe ser mirado como una inversión a favor de la seguridad ciudadana, que no debe provenir necesariamente de las multas. En sociedades como las nuestras hay que evitar que se criminalice la pobreza, y esto ocurre cuando se imponen altas penas pecuniarias a quienes no tienen una situación laboral que les permita vivir con dignidad.

9) Se critica que alrededor del mundo se impone un Derecho de Enemigos, pero en Ecuador se establece un Derecho de Ciudadanos, ¿Esto es un logro humanitario?

El llamado Derecho Penal del enemigo no es un invento de los tiempos modernos, ni del Prof. Gunther Jakobs, pues ha existido siempre y llegó a su punto alto en la Alemania nazi de Adolf Hitler. En los tiempos modernos y a raíz de los sucesos del 11 de septiembre del 2001 en el que se derribaron las Torres Gemelas de Nueva York, hay propuestas de derecho penal máximo y me atrevo a sostener que hay un discurso de demolición de garantías ciudadanas, bajo el argumento de la lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada transnacional.

10) ¿Cómo se propone disminuir la criminalización en los sectores vulnerables?

Reconociéndoles el derecho a vivir con dignidad, mejorando sus condiciones de salud, de vivienda, de educación y de trabajo. Estos derechos económicos y sociales – a los que se llama también como de segunda generación- deben ser plenamente justiciables. El mejoramiento de las condiciones de vida de las clases de mayor vulnerabilidad, debe disminuir su criminalización y victimización. No hay que mirar solamente el espectro de los jóvenes, sino inclusive el de las personas de la tercera edad, y el de las mujeres, que son igualmente muy vulnerables.



“El apostar por más pena no soluciona el problema de seguridad”
Dr. Ramiro García Falconí

1) ¿Cómo contribuye este nuevo código para el mejoramiento de los procesos penales?
Debería aportar para restablecer los errores del Código Penal vigente, se supone que uno de los objetivos es poder constitucionalizar al Derecho Penal en Ecuador, actualizar los conceptos viejos que datan de 1938 y poder integrar todos los tipos penales es un solo cuerpo legal. El proyecto presentado cumple estos objetivos de manera parcial, todavía hay errores, los problemas dogmáticos no han sido superados.

2) ¿Se puede fortalecer la seguridad ciudadana desde este proyecto?
Ese es uno de los defectos de este código, considerar al delito como un problema normativo, considerar que la seguridad ciudadana se la alcanza a través de normas, lo cual está demostrado como imposible, ni siquiera utópico, incluso inmoral. Pretender esto por la vía de las normas siempre va a derivar en una disminución de garantías procesales. Hay que recordar que el Derecho Penal estudia hechos pasados y no futuros
3) ¿Cuáles son los aciertos de este nuevo código?
El incorporar nuevos elementos como la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por ejemplo. Incorporar nuevos conceptos, aunque el error de prohibición está mal planteado, pero esto se puede superar por la vía del debate
4) ¿La especialización de los procesos penales es un avance?
Uno de los retrocesos de este proyecto es el considerar a los mayores de dieciséis años como penalmente responsables. Lo cual muestra una contradicción clara entre este proyecto y la Constitución
5) ¿Se puede fortalecer una lucha contra la delincuencia?
La delincuencia no es un problema de códigos penales, lastimosamente los cultores de las Ciencias Sociales partimos de una metodología inversa a la de los cultores de las ciencias exactas por ejemplo.
Cuando se formula una teoría y vemos que no se cumple en la praxis queremos cambiarla, pensamos que por emitir una nueva teoría penal se soluciona.
El delito es un problema social, es la muestra de la descomposición económica, ética, de valores y mientras no solucionemos este tipo de cosas, mientras los medios de comunicación no asuman su papel ético, vamos a continuar con el problema de la delincuencia
6) ¿Las penas graves apoyan al sistema penal?
Tengo mis dudas sobre la utilidad de las penas en efecto de la seguridad, está demostrado que la pena no rehabilita, por el contrario precariza a la persona, sale peor de lo que entró a la cárcel, más bien se profundizan los subvalores, los roles delincuenciales y el apostar por más pena no soluciona el problema de seguridad, mientras no se trate al delito como proceso social con soluciones desde lo social no avanzaremos en el tema.

7) ¿Colocar dispositivos geoposicionales para los procesados permite una nueva visión de la calidad en el tratamiento penal?

Evidentemente la incorporación de elementos tecnológicos que nos permitan intervenir en la esfera de libertad de las personas resulta en un avance. Si en lugar de encarcelarlos les ponemos dispositivos de ubicación, esto resulta mejor que tenerlos encerrados, pero el problema va más allá, va en lo conceptual, al parecer se sigue apostando a los sistemas de represión.

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